A nivel mundial, la OIT prevé que la crisis por el COVID-19 hará desaparecer 6,7 por ciento de las horas de trabajo en el segundo trimestre de 2020, lo que equivale a 195 millones de trabajadores a tiempo completo. Se prevén enormes pérdidas en los distintos grupos de ingresos, superando con creces los efectos de la crisis financiera de 2008-2009. Entre los sectores más expuestos al riesgo incluyen los servicios de hospedaje y restauración. El posible aumento del desempleo mundial durante 2020 dependerá de manera considerable de la evolución futura y de las medidas políticas que serán adoptadas. Existe un riesgo elevado de que para final de año la cifra será significativamente más alta que la previsión inicial de la OIT, de 25 millones de desempleados. Más de cuatro de cada cinco personas (81 por ciento) de los 3.300 millones que conforman la fuerza de trabajo mundial están siendo afectadas por cierres totales o parciales de su lugar de trabajo. “Los trabajadores y las empresas se enfrentan una catástrofe, tanto en las economías desarrolladas como en las que están en desarrollo”, declaró el Director General de la OIT, Guy Ryder”. “Tenemos que actuar con rapidez, decisión y coordinación. Las medidas correctas y urgentes podrían hacer la diferencia entre la supervivencia y el colapso” La segunda edición del Observatorio de la OIT: El COVID-19 y el mundo del trabajo , describe el COVID-19 como “la peor crisis mundial desde la Segunda Guerra Mundial.” Según el nuevo estudio, 1.250 millones de personas trabajan en los sectores considerados de alto riesgo de sufrir “drásticos y devastadores” aumentos en los despidos y disminución de los salarios y horas de trabajo resultando necesario adoptar medidas políticas integradas y a gran escala, centradas en cuatro pilares: apoyar a las empresas, al empleo y los ingresos; estimular la economía y los empleos; proteger a los trabajadores en el lugar de trabajo; y utilizar el diálogo social entre gobiernos, trabajadores y empleadores a fin de encontrar soluciones, señala el estudio. La OIT considera al detallar a los trabajadores en situación de riesgo desde una perspectiva sectorial que en el sector de las actividades de alojamiento y de servicio de comidas la repercusión actual de la crisis sobre la producción económica es de nivel alto, y afecta a 143.661.000 de personas ocupadas en el mundo donde el 54.1% son mujeres- Un punto central al momento de considerar el impacto en Argentina de la actual crisis sobre el sector tiene que ver con la importancia de este para el mercado laboral local. Las actividades hoteleras y gastronómicas conforman el cuarto sector de la economía con mayor intensidad de mano de obra en el país. Actualmente el sector es responsable de la generación de 650.000 puestos de trabajo distribuidos en todo el territorio nacional. Es por ello que la crisis COVID-19 tiene un impacto generalizado.

En nuestro país, se identifica que durante el mes de marzo la actividad general del sector habría caído un 60% interanual como consecuencia de la merma gradual en la demanda que empezó a observarse desde los primeros días del mes y se fue intensificando con el correr de los días. La hotelería comenzó durante la primera semana de marzo a recibir cancelaciones de sus reservas y a disminuir su ocupación a niveles alarmantes. A ello se sumó primero el cierre de fronteras, impactando en el turismo receptivo internacional, y luego la prohibición de alojar también a los huéspedes nacionales, lo que llevo la ocupación hotelera a cero y a la nula facturación. A partir del 20 de marzo se produjo el cierre definitivo de los hoteles y locales gastronómicos en todo el país.

Para abril se proyecta una profundización de la contracción de la actividad económica de una magnitud del 95% como consecuencia de la esperada prolongación de la cuarentena, y un nivel de actividad mínimo que queda reducido al sector gastronómico vía delivery.

A futuro podría preverse una reapertura muy gradual de la actividad gastronómica, afectada por el mantenimiento de medidas de distanciamiento social. No así de la actividad hotelera que seguirá afectada por la desaparición de más de 7.000.000 de turistas extranjeros que no llegaran a la Argentina y la falta de turismo interno que solo limitará sus desplazamientos a cuestiones esenciales y urgentes. Es preciso destacar que el origen principal de los viajeros internacionales que llegan a la Argentina es Brasil, país en el cuál las perspectivas de evolución de la pandemia son muy negativas como consecuencia de condiciones propias del país y de la decisión oficial de minimizar el problema, lo que podría llevar a convertir al vecino país en uno de los focos de infección más preocupantes luego de Europa y Estados Unidos. El turismo no se normalizará sino cuando exista una vacuna que termine definitivamente con el riesgo del contagio de la enfermedad, y eso no sucederá antes de un año según los cálculos más optimistas.

A partir de septiembre podría esperarse un relajamiento de las medidas de distanciamiento y cuarentena focalizada, pero, sin embargo, esto no generaría automáticamente un retorno a niveles de actividad normales de nuestro sector debido a la combinación de dos factores: uno de demanda y uno de oferta. Con respecto a la evolución de la demanda, sumado a lo expuesto respecto a la ausencia de turismo internacional y nacional, y según cuán intensas hayan sido las medidas de aislamiento y distanciamiento previas, el impacto sobre la evolución de la economía en general y del mercado laboral en particular, podrá dejar menores o mayores efectos duraderos. Para ser más específicos, si la actividad general se resiente mucho y el desempleo aumenta en los meses de marzo-julio, entonces el ingreso disponible de la población en general estará muy castigado y la demanda de los servicios prestados por el sector permanecerá muy débil. Si el impacto de los meses más críticos logra ser compensado, al menos en parte, y el desempleo no aumentara tanto, entonces la demanda podría empezar a recuperarse lentamente, aunque no a los niveles normales. Con respecto a la oferta, hay que tener en cuenta que el daño que la crisis puede generar sobre la estructura del sector y específicamente sobre las unidades productivas podría generar la quiebra de un número relevante de empresas, dejando un efecto duradero de menor capacidad de oferta de servicios de alojamiento y gastronomía.

El impacto de la crisis sobre la actividad hotelera gastronómica alcanzaría una caída del 19% en el primer trimestre del año (con todo el efecto concentrado en el mes de marzo), una caída del 80% para el segundo trimestre del año, una contracción del 60% durante el tercer trimestre y una disminución interanual de la actividad del 27% para el último período trimestral del 2020.

De esta manera, proyectamos una depresión sectorial que, promediaría el año en -45%. Para dimensionar la magnitud de la crisis que atravesaría el sector es pertinente recordar que, en la mayor crisis macroeconómica del país, entre los años 1998 y 2002, la contracción sectorial había alcanzado un -20% con la consecuente desaparición de una gran cantidad de unidades productivas. Ello implica que la crisis COVID-19 generaría pérdidas estimadas de facturación de 28.500 millones de dólares en el sector hotelero-gastronómico durante el año 2020.

Es por todo lo expuesto que la Federación Empresaria Hotelero Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA) , que representa a través de 59 filiales en el país a 50000 establecimientos y 500000 empleos, con el fin de sostener la empresa en marcha y los puestos de trabajo durante la duración de la situación de emergencia, solicita la sanción de una ley que declare la EMERGENCIA DEL SECTOR HOTELERO Y GASTRONOMICO (EHG) en todo el territorio nacional por con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, atento que los efectos del COVID-19 en nuestro sector impactaran de un modo particular y distinto a otras actividades económicas, habida cuenta que la hotelería y la gastronomía no podrán retomar su actividad normal aun cuando se levante el aislamiento social preventivo y obligatorio.

En virtud de dicha emergencia se solicitan las siguientes medidas que resultarán aplicables a todo establecimiento hotelero y gastronómico con independencia de la cantidad de personal que emplee dado que se trata de un sector que ocupa mano de obra intensiva:

LABORALES

1) Reglamentación de los Decretos 332/2020 y del 347/2020.
2) Inclusión en los beneficios del Decreto 332/2020 en forma inmediata para el sector hotelero, gastronómico.
3) Art. 223 bis de la LCT: habilitar durante la crisis sanitaria por COVID-19 la posibilidad de hacer acuerdos en los términos del art. 223 bis LCT tanto individuales como colectivos sin que sea obligatorio la homologación de estos y que sea suficiente su comunicación al Ministerio de Trabajo.
4) Modificaciones a la Asignación Compensatoria al Salario, ampliando la suma del salario mínimo vital y móvil en un 50% cuando se trate de otorgar dicha asignación a una empresa Pyme, conforme lo establecido para el otorgamiento del Repro para ese tipo de empresas, dándole a esta asignación el carácter de no gravada por el SIPA e incluyendo a trabajadores excluidos del CCT
5) Modificaciones al Repro: Conforme Dec. 332/2020 se ha anunciado un Repro de tramite simplificado, solicitando que el monto a reconocer sea de $ 34.000 tal como se establece en el propuesto por el proyecto de Diputados, manteniendo su carácter de asignación no gravada por el SIPA e incluyendo a trabajadores excluidos del CCT
6) Eliminación de las contribuciones patronales mientras dure la emergencia.

FINANCIERAS:

1) Financiamiento de deuda de pagos de suministros a tasa 0 y reprogramación de los pagos de servicios públicos durante el periodo de EHG con un plan de pago a doce meses una vez finalizado dicho periodo suspendiendo la posibilidad de interrumpir las prestaciones de servicios públicos ante facturas impagas por parte de los prestadores de servicios.

2) Financiación a tasa 0%, de salarios declarados en el 931, por el término que dure la crisis por el avance del COVID-19.
La metodología del otorgamiento de dicho prestamos sería la siguiente:
• El Banco Central asignaría un préstamo equivalente a 5 meses de sueldos a tasa cero a cada una de las empresas que opten por esta línea de crédito, a contrastar contra el F931 presentado por dichas empresas el mes inmediato anterior. • El depósito del crédito sería de la siguiente forma: en los meses 1, 2 y 3 el 100% del F931; los meses 4 y 5 el 75% del F931 y el mes 6, 50% del F931. • El préstamo deberá tener 6 meses de gracia a partir del último desembolso del préstamo. • El préstamo se devolverá a partir del mes 13 en 12 cuotas iguales y consecutivas con vencimiento mensual. • La empresa procedería a realizar los pagos de haberes normalmente con el dinero depositado a sus empleados en tiempo y forma. • Los bancos no cobraran a las empresas y/o sus empleados, ningún tipo de interés o cargo por el préstamo otorgado, sin perjuicio de que ofrezcan sus paquetes y cuentas por separado.
3) Cuotas de préstamos vigentes: diferimiento automático del pago de todas las cuotas de préstamos bancarios que venzan durante el periodo EHG, tanto del componente de capital como de intereses.
4) Financiamiento para capital de trabajo: disponer préstamos bancarios para capital de trabajo a un plazo de 3 años, con 6 meses de gracia (periodo EHG) por hasta dos meses de facturación del establecimiento solicitante.
5) Comisiones bancarias: eliminar las comisiones bancarias durante el periodo EHG.
6) Tarjetas de crédito: eliminar las comisiones y gastos de las tarjetas de crédito durante el periodo EHG. Armar plan de pagos de saldos deudores a pagar post periodo EHG.

TRIBUTARIAS:

1) Vencimientos impositivos: diferir todos los vencimientos impositivos nacionales (IVA, Ganancias, Débitos y Créditos, Cargas Sociales), provinciales (Ingresos Brutos, inmobiliario) y municipales (Seguridad e Higiene) durante el periodo EHG, no existiendo obligación ni de presentación ni de pago, reprogramándolos con un plan de pagos de 12 cuotas a partir del primer mes post periodo EHG.
2) Anticipos de ganancias: eliminar los pagos de anticipos de impuesto a las ganancias para el ejercicio 2020 dado que es muy improbable que las empresas del sector reporten ganancias durante el actual ejercicio.
3) Embargos y ejecuciones: suspensión de todos los embargos y ejecuciones durante el periodo EHG para establecimientos del sector.
4) Planes de pago: reprogramar los planes de pago y moratoria Ley 27541 vigentes, incorporando los vencimientos de impuestos correspondientes a marzo y abril, en un nuevo plan de pagos cuya primera cuota sea el mes posterior al fin del periodo EHG.
5) Categorización PYME: imposibilitar la suspensión de la categorización PYME (beneficio de pagar el IVA a 90 días, débitos y créditos a cuenta de ganancias, etc.) durante el periodo EHG.
6) Instrumentar el financiamiento del pago de las obligaciones tributarias sin ningún tipo de interés.
7) Suspender toda medida cautelar que afecte la liquidez y el capital del trabajo empresario.
8) Liberación de los saldos a favor del Impuesto a los débitos y créditos para ser aplicado a otras obligaciones tributarias que no sean ganancias.
9) Excluir al sector como sujeto obligado al pago del impuesto a los débitos y créditos bancarios.
10) Excluir al sector como sujeto pasivo de retenciones de impuestos y tasas